Por: Luis Palos
Las fiestas decembrinas están a la vuelta de la esquina. Hay intercambios, regalos navideños y demás gastos para fiestas y posadas. Te entendemos. Es demasiado. Y puede que ya estés pendiente de recibir las prestaciones comunes para esta época, como el aguinaldo. ¿Tienes pensado comprar algo para consentirte? ¿Un regalo para un intercambio? ¿Un regalo para alguien importante?
Es necesario que conozcas todo al respecto de estas prestaciones, para asegurarte de recibir tus beneficios laborales de manera oportuna y poder aprovecharlos mejor.
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¿Qué dice la Ley Federal del Trabajo?
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT), los empleadores deben pagar el aguinaldo a sus trabajadores antes del 20 de diciembre de cada año. Este pago debe ser equivalente a 15 días de salario mínimo general vigente en la zona donde se presta el servicio.
Puede que también estés pensando, ¿y si llevo poco tiempo trabajando para mi empresa? Incluso así, tienes derecho a recibir la parte proporcional de días de aguinaldo por ley a partir de que comienzas a laborar dentro de una nómina.
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Divide tu salario mensual neto entre 30 días para obtener el salario diario.
Multiplica el salario diario por los 15 días mínimos estipulados por ley. Aunque tu empleador podría estar pagando más días. Esa información debes corroborarla con ellos.
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¿Todo claro hasta ahora? Pues bien, el aguinaldo es la prestación más representativa de la fecha, pero no la única. Además del aguinaldo, también tienes derecho a recibir prestaciones adicionales, como:
Prima vacacional: esta se paga antes de que comiences tus vacaciones. La fecha exacta puede variar según las políticas de tu empresa y los acuerdos establecidos en el contrato de trabajo. Debe ser equivalente al 25 % del salario correspondiente a los días de vacaciones; son 12 días a partir del primer año.
Prima de antigüedad: debe ser pagada al momento de la separación del trabajador.
Vacaciones: deben ser disfrutadas dentro del año siguiente a la fecha en que se ganaron. Y puede que pienses en tomarte unos días para disfrutar más estas fechas.
Además de esas prestaciones, una usual en algunos trabajos incluye el Fondo de ahorro.
¿Qué es el Fondo de ahorro?
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Se trata de un descuento que se realiza al pago de tu sueldo. Al no ser de carácter obligatorio ofrecer esta prestación, puede que cuentes con él o no. Además, la parte que retiene la empresa, debe ser duplicada por ella misma. De esta forma, si te retienen dos mil pesos al mes, la empresa te regresará cuatro mil. El porcentaje que te quiten depende de la empresa, pero no suele exceder el 10 %.
Es una excelente forma de ahorrar y contar con ingresos para las exigentes fiestas decembrinas, que suelen dejar a la gente sin mucho dinero para el tortuoso enero.
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Este se realiza cerca de las fiestas de Navidad, como el aguinaldo, aunque este debe depositarse, por ley, antes del 20 de diciembre.
Te recomendamos que revises tu contrato laboral y la LFT para asegurarte de que estás recibiendo todos los beneficios laborales que te corresponden en tiempo y forma. Recuerda que es importante comunicarte con tu empleador si tienes alguna duda o inquietud sobre tus beneficios laborales.
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